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NOTA INFORMATIVA QUE EMITE LA ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA SOBRE LA REUNIÓN MANTENIDA EN EL MINISTERIO DE JUSTICIA CON LAS ASOCIACIONES DE JUECES Y DE FISCALES EL DÍA 26 de mayo de 2010
La razón de nuestra posición no puede ser más clara y sencilla: APM rechaza frontalmente, sin resquicio alguno para la resignación, la rebaja retributiva improvisada e impuesta y este rechazo no era recogido de forma categórica y explícita en la nota que se nos proponía ; antes al contrario, en los puntos primero y tercero se rechazaba no la merma retributiva por lo que significa de recortes de derechos consolidados, sino tan sólo su carácter desproporcionado e injustificado.
Así lo hemos trasladado a las demás asociaciones de jueces y fiscales a través del correo electrónico que se les ha enviado en la mañana de hoy y en el que explicábamos, de manera clara y concisa, nuestra postura.
La posición de APM sigue siendo inequívoca:
1.- Manifiesta su rechazo frontal, sin resquicio alguno para la resignación, a la rebaja retributiva improvisada e impuesta por las siguientes razones:
a) Entendemos que se trata de un derecho consolidado.
b) Su aceptación pondría en riesgo una eventual impugnación pues albergamos serias dudas de legalidad y constitucionalidad.
c) Ya venimos contribuyendo desde el año 2003 al esfuerzo nacional con la imposición, que no renuncia, de la inaplicación de las previsiones legales sobre actualizaciones. Se nos exige, pues, un doble esfuerzo porque no disfrutamos de los tiempos de bonanza económica.
d) Ya habíamos expresado esta posición en nuestro comunicado de 25 de mayo así como en el conjunto con las demás asociaciones de jueces y fiscales del pasado día 19. Nada ha cambiado desde entonces.
2.- Debemos significar que la rebaja reúne estas características:
a) Es regresiva por cuanto alcanza el mismo porcentaje ( 9,73% ) del sueldo y complemento de un juez y de un magistrado e incluso más: tal porcentaje se le aplica también a un juez en prácticas, que no cobra complementos , de manera que se rebaja lo mismo a un juez en prácticas que a un Secretario de Estado.
b) Es discriminatoria porque hace recaer el sacrificio de forma especial sobre los jueces y magistrados y basta con percatarse para ello con observar los porcentajes que ser aplican a otros profesionales o con percatarse de quienes no aparecen en el decreto de referencia.
c) Es injusta y muy grave no sólo por la severidad del recorte sino porque incide sin razón legal, y a diferencia de lo que sucede con los funcionarios de la Administración General del Estado, sobre el sueldo base y los trienios con la enorme repercusión que tal incidencia puede tener en el cálculo de los derechos pasivos y con la enorme dificultad que podemos encontrarnos a la hora de actualización.
d) Es confiscatoria porque es indefinida.
Os acompañamos en forma de anexo un cuadro ilustrativo de cuanto os decimos. Sirve de comparación con otros grupos.
3.- La actitud el Ministerio ha sido descortés: ni dio explicaciones antes de la publicación del Decreto, como hizo el Gobierno con los sindicatos, ni el Ministro se digna recibirnos, pese a la reciente petición expresa en tal sentido. No queremos pensar que sea porque no se hayan enterado de nada.
4.- No es de extrañar, pues, el desencanto, la desmoralización y la falta de incentivos de los jueces y magistrados con el indudable efecto en la eficacia y eficiencia de un sistema ya depauperado y sin que el Ministerio se atreva a asegurar el mantenimiento de las exiguas inversiones previstas.
5.- En consecuencia, conocedores de que estamos ante un reto de largo recorrido y de que las medidas que se adopten han de ser eficaces, persistentes y continuadas, instamos a los jueces y magistrados al cumplimiento estricto de una carga de trabajo razonable sin que en ningún caso suplamos con nuestro esfuerzo las carencias del depauperado sistema en el que realizamos nuestra labor constitucional y sin que nos dejemos engañar por las migajas de los miserables incentivos productivistas.
6.- Valoramos la realización de jornadas de movilización y protesta, incluida la huelga.
7.- Interpondremos todos los recursos que la ley permita en defensa de nuestros derechos.
En Madrid a 27 de mayo de 2010.
El Comité Ejecutivo