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COMUNICADO DE LA APM ( 27 DE SEPTIEMBRE DE 2011)

La Ley Orgánica 12/2011, de 22 de septiembre, ha modificado el artículo 351 de la LOPJ. Si antes sólo se concedía la situación de Servicios Especiales a los Jueces y Magistrados que desempeñaran puestos políticos en el ámbito de la Justicia y siempre que no fueran el de Ministro de Justicia o Consejero de Justicia de una Comunidad Autónoma, a partir de ahora se otorgará este beneficio a cualquier Juez que ocupe un cargo político -incluyendo el de Ministro- y aun cuando el cargo sea ajeno a la gestión de la Administración de Justicia.

Ante esta reforma, que elimina la exigencia de que los Jueces que deseen pasar a la política pidan la excedencia voluntaria de la Carrera Judicial, la Asociación Profesional de la Magistratura desea denunciar que:

1. La nueva regulación facilita una permeabilidad entre el Poder Judicial y la actividad política, comprometiendo así la credibilidad de muchas de las resoluciones judiciales futuras.

2. Con esta reforma el Poder Legislativo se muestra ajeno a la imagen de imparcialidad que ha de ofrecer el Poder Judicial, potenciando un descrédito que anida en regulaciones normativas ilógicas o designaciones personales de influencia.

3. La reforma se ha abordado de forma sorpresiva, sin que formara parte del inicial proyecto normativo en el que se ha realizado y eludiendo todo debate público por haber sido introducida de consenso en el trámite legislativo en el Senado.

4. La aplicación con efectos retroactivos a quienes están desempeñando actualmente responsabilidades políticas del mayor nivel, evidencia que la reforma se impulsa por complacencias personales y no por los intereses generales que deben presidir cualquier regulación institucional que afecte al núcleo esencial de control en un Estado democrático.