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Solicitud conjunta para la publicación de plazas judiciales vacantes
SOLICITUD CONJUNTA DE LAS ASOCIACIONES JUDICIALES DEMANDANDO AL CGPJ LA PUBLICACIÓN DE PLAZAS VACANTES
Excmo. Sr.
Las asociaciones judiciales Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Asociación de Jueces Francisco de Vitoria (AJFV), Jueces para la Democracia (JpD) y Foro Judicial Independiente (FJI), a raíz del Auto de 15 de enero de 2016 del Tribunal Supremo (recurso ordinario nº 4437/15), que confirma la medida cautelar adoptada por auto de 23 de diciembre de 2015 por el que se ordena al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sacar a concurso de magistrados la plaza del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona, trasladan al Excmo. Sr.
Presidente del CGPJ la siguiente solicitud:
Para evitar situaciones como las que han dado lugar a la citada resolución y en aras de la transparencia que debe presidir las actuaciones del Consejo General del Poder Judicial, creemos necesario que se publique en la web del CGPJ una relación de todas las plazas judiciales que se encuentran vacantes o cuyo titular está en servicios especiales o situación administrativa similar, indicando claramente su situación, esto es, si está cubierta por sustituto externo o por sustituciones internas, si está o no está reservada, si se ha sacado o no a concurso y demás circunstancias que sean de interés para los miembros de la carrera judicial y sus legítimas aspiraciones de promoción, muy especialmente las razones que, conforme al artículo 326.3 LOPJ, justifiquen el que no se saque temporalmente a concurso una determinada plaza.
Y lo más importante, y para evitar que esta iniciativa quede estancada como ya ocurrió en el pasado, que ese relación o mapa de plazas vacantes esté permanentemente actualizado, a fin de mostrar en cada momento la situación exacta de los juzgados españoles.
Con ello el CGPJ daría cumplimiento a su compromiso de información a los jueces y de transparencia en sus actuaciones, especialmente exigible en una materia tan sensible por su estrecha relación con el derecho fundamental al juez predeterminado por la Ley y con su correlato de la independencia judicial. E igualmente se evitarían suspicacias sobre presuntas componendas que deben ser totalmente ajenas al órgano de gobierno de los jueces, y que deterioran su credibilidad, imagen y la confianza en dicho organismos de ciudadanos y jueces.
En Madrid, a 11de febrero de 2016
D. Manuel Almenar Belenguer (APM)
D. Raimundo Prado Bernabéu(AJFV)
D. Joaquim Bosch Grau (JpD)
D. Conrado Gallardo Correa (FJI)
EXCMO. SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.
Documento original en pdf….