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Solicitud conjunta_retribución adecuada

 SOLICITUD CONJUNTA DE LAS ASOCIACIONES JUDICIALES RECLAMANDO RETRIBUCIÓN ADECUADA POR SU PARTICIPACIÓN EN MESAS ELECTORALES

Los representantes de las cuatro Asociaciones judiciales abajo firmantes, deseamos EXPONER  lo siguiente: El art. 101 Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General prevé que los Presidentes de las Mesas electorales hagan entrega de los sobres (primero y segundo) con la documentación electoral en la sede del Juzgado de Primera Instancia dentro de cuya demarcación esté situada la Mesa. Una vez recibida toda la documentación, el Juez se desplazará personalmente a la sede de la Junta Electoral que deba realizar el escrutinio, donde hará entrega de los primeros sobres, quedando archivados los segundos en el Juzgado de Primera Instancia .

Asimismo y de conformidad con el art 6 y concordantes del R Decreto, el importe de las retribuciones del Juez y de las personas designadas para auxiliar al mismo es el siguiente:

Juez:                                         59,76 euros

Secretario:                                 130 euros

Funcionarios (un total de 4)      110 euros

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