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“Multa, que algo queda”
Por: Luis Angel Gollonet Teruel
¿Se imaginan que los jueces de lo penal se quedasen para sí o para el órgano judicial el importe de las multas que imponen?
Como es sabido, las frecuentes multas impuestas en los procesos penales van al Tesoro Público, y ni se las queda el juez para sí ni tampoco para el órgano judicial.
Por poner cifras, en el año 2021 el importe total de las multas penales fue aproximadamente de 300 millones de euros. Pero imaginemos, pues soñar por ahora es gratis, que se pudiera quedar el juez ese dinero, o llevarse una parte o un porcentaje.
Veríamos pronto que pasaría lo contrario que en la canción, pues cambiaría el juez un casio por un rolex, y un twingo por un ferrari. O en caso de que se quedara el dinero para el Juzgado, veríamos pronto que habría mejores medios en el órgano judicial que en la Agencia Tributaria. Bueno esto último es difícil de imaginar para quien trabaje en justicia, tan acostumbrados como estamos a las penurias. Es más fácil imaginarse al juez en el ferrari.
Y habría también algún tacañón, que amasaría el dinero, y quien gastara el numerario en cosas estrafalarias. Yo sería de estos últimos. De los estrafalarios, digo.
Lo que está claro es que el justiciable, cuando acudiese a juicio, no iría tranquilo, pues aunque se presumiese la objetividad e imparcialidad del juez, siempre le quedaría un temor fundado a que la avaricia recaudatoria del órgano judicial por llevarse el importe de la multa inclinase la balanza de la justicia hacia un fallo condenatorio.
Si los órganos judiciales se quedaran para sí o para el Juzgado el importe de las multas, entonces es claro que el número de condenas se vería incrementando, que la cuantía de las multas sería más alta, y que habría un inquietante rigor punitivo.
Y todos estamos de acuerdo en que ese sistema penal, en el ejercicio del ius puniendi del Estado, no sería garantista ni constitucional, ya que incentivaría las condenas penales en detrimento de la presunción de inocencia.
Pues bien, cambiemos ahora a los órganos penales por los Ayuntamientos, y a las multas penales por las multas de tráfico.
Aquí ya no hay que hacer esfuerzos imaginativos, ni ensoñaciones, pues es un hecho que el importe recaudado por los Ayuntamientos en multas de tráfico no va al Tesoro Público, sino que se queda directamente en el presupuesto municipal. Por supuesto no se lo queda a título personal ningún alcalde, sino que se lo queda su Ayuntamiento, cuyo presupuesto sí maneja para fines de interés general, se supone.
¿Quién no quiere otra rotonda, más asesores municipales, mayores subvenciones, otro chiringuito, un coche oficial para que un sufrido concejal no tenga que usar el transporte público que tanto recomienda a los demás o volver a levantar y poner las aceras? ¡Viva el progreso! Quiero decir, ¡vivan las cadenas!
Es verdad que algunos malpensados sostenemos que los Ayuntamientos incurren en una desviación de poder cuando usan la potestad sancionadora en tráfico y otras materias para recaudar más engordando su presupuesto, como haría un juez penal si se llevara un porcentaje de sus condenas. Pero estos pensamientos son cosas de aburridos juristas. Valga la redundancia.
¿A quién le importa que el Tribunal Constitucional dijera que la potestad sancionadora de la Administración, en cuanto manifestación del ius puniendi estatal, tenía que ajustarse a los principios del Derecho Penal?
Bueno, a algunos pocos sí nos importa, y creemos que el importe recaudado por las Administraciones locales con las multas (de tráfico y de otras materias) debería ingresarse donde las multas penales, en el Tesoro Público, y no en el presupuesto del propio Ayuntamiento que multa.
Pero según se manosea la Constitución hoy día, y tal y como está el patio, veo más cercano que los jueces se acaben quedando un porcentaje de las multas que imponen.
Luis Angel Gollonet Teruel
Magistrado, Sala Contencioso-Administrativo TSJ Andalucía