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Declaración Grupo IBA de la UIM – Santiago de Chile (5 a 9 de mayo 2013)
El Grupo Iberoamericano de la Unión Internacional de la Magistratura reunido en Santiago de Chile del 5 al 9 de Mayo por unanimidad de sus miembros efectúa la siguiente declaración:
Informados sobre el contenido de la pretendida reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en España en lo que se refiere a la elección de los vocales, competencias y dedicación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, entiende que se trata de un frontal ataque a la independencia del poder judicial y que puede afectar igualmente al normal funcionamiento de determinados órganos.
La elección de los doce vocales procedentes de la carrera judicial debe efectuarse en los términos en que se recoge en el texto constitucional y por tanto su nombramiento debe realizarse entre y por los jueces que integran la carrera judicial, de forma que los elegidos ostenten la representación plena de los misma, lo que resulta incompatible con el sistema propuesto.
Las competencias que en la actualidad tiene el Consejo General del Poder Judicial debe respetarse, sino incrementarse, en su integridad pues es la mejor forma de salvaguardar esta independencia y el desarrollo de la actividad jurisdiccional.
La dedicación de sus miembros debe ser en régimen de exclusividad por parte de todos los vocales, pues no es otra la importancia de la actividad que desarrollan y con ello se evita situaciones anómalas que aparecerían en el supuesto de la actuación de vocales abogados, representantes del Ministerio Fiscal, Secretarios Judiciales, ante los tribunales e incluso la de aquellos Jueces y Magistrado que fuesen designados vocales y que simultáneamente podrían tener dependencia gubernativa de órganos que a su vez dependen del Consejo.
Por otra parte el sistema propuesto y la posibilidad de que se pueda proponer al Congreso o al Senado cualquier Juez o Magistrado con un número de tan solo veinticinco avales, o incluso de trece en algunos casos, facilita la posibilidad de elección entre candidatos que no asumen la representación de la carrera y con ello tiñen de una posible intervención política el funcionamiento del órgano al que van a formar parte.