Comparte
Author
Admin
Share
RECLAMACIONES QUE EFECTUA LA EJECUTIVA NACIONAL DE LA ASOCIACION PROFESIONAL DE LA MAGISTRATURA AL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. 4 DE DICIEMBRE DE 2009
– Adaptar el Reglamento de Carrera Judicial a las reformas de la LOPJ.
– Instrucciones sobre sustituciones que permitan el ejercicio real del derecho de los jueces y magistrados a disfrutar de los permisos y licencias expresamente reconocidos en la Ley.
– Jubilación, reiterando al efecto las conclusiones adoptadas sobre el tema en nuestro último Congreso Nacional.
– Extensión de las dos semanas del permiso de paternidad, a cuatro semana de acuerdo con el resto de la función pública.
– Petición de que los jueces en prácticas que están en la fase de prácticas tuteladas de la Escuela Judicial, pueda ejercer la jurisdicción en ese tiempo mediante su adscripción a órganos judiciales vacantes o como jueces de refuerzo.
– Reglamento de régimen disciplinario.
– Eliminación de la acción directa contra jueces y magistrados para la exigencia de responsabilidad civil por actuaciones en el ejercicio de sus funciones.
– Contratación de póliza colectiva de responsabilidad civil.
Asímismo, se acordó reiterar el acuerdo ya adoptado por la ejecutiva nacional de la APM en la sesión del 19 de noviembre de 2009, dejando patente que :
1.- La APM, se opone a que los concursos de traslados ordinarios se reduzcan a dos al año, tal como se adoptó en el acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 11 de noviembre de 2009.
2.- La APM muestra la absoluta necesidad de que se establezca un procedimiento reglado, racional y transparente en el sistema de traslados y ascensos. En todo caso consideramos necesario que se fijen las fechas en que deban tener lugar los concursos de traslados y ascensos, de tal forma que faciliten la conciliación de la vida personal y familiar, así como la transparencia en el modo en que se van a producir los concursos.
Por último, queremos dejar constancia que ante la propuesta realizada por los representantes de las demás asociaciones, que interesaba la liberación de funciones jurisdiccionales a jueces y magistrados que desempeñen funciones directivas en los órganos de gobierno de las asociaciones judiciales, la APM muestra su más absoluto rechazo a la misma. En la situación actual, donde nuestros compañeros de carrera aparecen desbordados por la excesiva carga de trabajo, resultaría insolidario por nuestra parte pretender algo así. Así mismo, entendemos que las funciones directivas de los órganos de gobierno de las asociaciones tienen un carácter voluntario y de servicio a nuestros asociados y nos oponemos a la profesionalización de la actuación asociativa.
La Ejecutiva Nacional de la APM.