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Fundación de la Asociación Profesional de la Magistratura
INTRODUCCIÓN.
Se ha procedido a la constitución de la Fundación para la Magistratura, con el objetivo fundamental de dar una mayor amplitud y campo a las actividades de la Asociación Profesional de la Magistratura(APM), una de cuyas funciones esenciales es velar por la independencia, autonomía y prestigio del poder judicial, así como defender y velar por los intereses profesionales de todos los miembros del poder judicial, por lo que, desde esta perspectiva, ha venido defendiendo de una forma clara y precisa, un modelo de justicia basada en que esté servida de forma exclusiva por jueces y Magistrados profesionales, técnicamente preparados, e independientes de cualquier adscripción de carácter ideológico. Estos objetivos la fundación los sigue mediante la firma de convenios y acuerdos con otras instituciones, con el fin de que toda esta labor de formación, de búsqueda de foros de debates, y en su caso de intentar colaborar en la búsqueda de soluciones no solo para los problemas que afectan a la administración de justicia, sino también temas relacionados con el derecho en general, en sus distintas ramas, cuestiones de importante relevancia social y publica, creando estos puntos de encuentro, colaborando y aportando ideas en orden a una solución mas adecuada.
Dentro de los fines de la APM y la Fundación, destaca colaborar con el CGPJ, y con cualquier otra institución en orden a facilitar una formación continuada y actualización permanente de jueces y magistrados, a través de cursos, seminarios encuentros , etc.; siendo esencial a tal efecto el contacto de los jueces y magistrados con otros colectivos que implicados de forma directa o indirectamente en la administración de justicia, permitan a los miembros de la carrera judicial enriquecerse con los conocimientos y experiencias de estos profesionales.
Desde esta perspectiva la Fundación pretende salir de las limitaciones que en estas cuestiones puedan afectar a una asociación profesional de jueces y Magistrados, llevando a cabo cuantas actuaciones, cursos, o encuentros puedan realizarse, con estos objetivos, con la finalidad de integrar en esta labor no solo a los jueces y magistrados integrados en la APM, sino de la carrera judicial en general, y poder contar con la colaboración y apoyo de otras entidades que tienen estas mismas inquietudes, a fin de desarrollar cursos, encuentros, foros de debate, etc., que sirvan a esta finalidad.
Para el cumplimiento de estos objetivos, la Fundación cuenta con una patrimonio esencial, cual es la valía personal y profesional de los jueces y magistrados que integrados en la APM, están dispuestos a colaborar en esta tarea, y de forma esencial los Jueces y Magistrados jubilados, que si bien por razones legales no pueden pertenecer a la APM, si pueden y lo están haciendo, colaborar en toda esta actividad desarrollada en el seno de la fundación.
Dentro de los instrumentos o mecanismos que sirven también a estos objetivos está la Unión Internacional de Magistrados (UIM), asociación internacional de jueces y magistrados, en la que se integran asociaciones nacionales de mas de 70 estados, en la que se encuentra integrada la APM en representación de España; unión de asociaciones judiciales mas importante a nivel internacional de este tipo de asociaciones, entre cuyos objetivo esenciales se encuentra la defensa de la independencia judicial, en la que solo pueden integrarse asociaciones de jueces nacionales de países democráticos.
En virtud de su organización interna, aparte de las reuniones generales, existen grupos territoriales para cada uno de los continentes, así el grupo europeo, el grupo iberoamericano, el grupo asiático, y el grupo africano, la APM dadas las especiales relaciones que tiene España, con Ibero América, esta integrada en dos grupos en el Grupo Europeo y en el Grupo Iberoamericano, siendo de destacar la influencia de sus planteamientos e ideas de forma general, pero muy especialmente en el grupo iberoamericano.
Por la UIM, se creo la Fundación Justicia en el Mundo, fundación que tiene su sede en Madrid, de la que tradicionalmente ha sido presidente un magistrado español, que cumple una función análoga a la Fundación para la Magistratura, y entre su actividades mas relevantes destacan, promover y realizar estudios e informes sobre el estado del poder judicial en los distintos países, la publicación de una revista periódica , y la entrega de forma anual de un premio a aquellas personas físicas o instituciones que han destacado en el mundo, por la defensa de la independencia judicial .
Todas estas instituciones, a parte de los fines propios de cada una de ellas, tienen una serie de objetivos comunes como es servir de instrumento por un lado para la defensa de la independencia del poder judicial, en cualquiera de sus facetas, y servir de vehículos e instrumentos para obtener la colaboración de cuantos colectivos estén interesados en una labor de mejora de la justicia, resolver y debatir sobre cuestiones jurídicas, e incluso de aquellas otras cuestiones que no siendo estrictamente jurídicas tengan estas connotaciones .
CONSTITUCIÓN.
En noviembre del año 2002 la APM, mediante un acuerdo de su Comisión Permanente, decidió constituir una fundación y en julio del año 2004 se otorgó la escritura constitutiva de la Fundación para la Magistratura.
En ella se designaban como beneficiarios a «todas las personas y primordialmente los Jueces y los Magistrados, en activo, excedentes, en comisión de servicio o jubilados, sin discriminación».
Sus fines estatutarios son:
«a) La salvaguarda de la independencia del Poder Judicial como condición esencial de la función jurisdiccional y garantía de los derechos y libertades de la persona.
b) La salvaguarda de la posición constitucional y moral del Poder Judicial
c) La divulgación, ampliación y perfeccionamiento de los conocimientos de la Sociedad sobre el Poder Judicial, así como ampliar y perfeccionar los conocimientos y la cultura de los Jueces y Magistrados, particularmente en lo que respecta a los ámbitos social y económico, todo ello en defensa y beneficio de los intereses generales.
d) Estudiar en común ciertos problemas jurídicos, a fin de llegar, tanto en interés general como en el de las comunidades regionales o universales, a una mejor solución de los mismos.
e) Emitir los dictámenes jurídicos que le encomienden la asociación fundadora o las entidades con las que colabore para la consecución de sus fines o los que decida con este mismo fin su Patronato».
Para conseguir estos fines se preveía en la escritura fundacional que «sin perjuicio de poder utilizar otros medios, se podrán crear por el patronato instrumentos de actuación de la Fundación, tales como un servicio de publicaciones, un premio, un centro de estudios y divulgación sobre la magistratura y la justicia en España».
ÁMBITO DE ACTUACIÓN.
Al constituir la fundación la APM se propuso extender sus beneficiosos efectos en favor del imperio de la ley y del estado de derecho, así como de los jueces, más allá de los estrechos límites derivados de la especial regulación del asociacionismo de jueces en el artículo 127 de la constitución, desarrollado en el artículo 401 de la ley orgánica del poder judicial, un que permite a las asociaciones de jueces «tener como fines lícitos la defensa de los intereses profesionales de sus miembros en todos los aspectos y la realización de actividades encaminadas al servicio de la Justicia en general» y limita su composición a «quienes ostenten la condición de jueces y magistrados en servicio activo».
En consecuencia la fundación pretende en primer lugar dirigirse a los miembros de la carrera judicial recién ingresados, en período de formación como jueces en prácticas, tanto en la escuela judicial como practicando en los tribunales, para ello tiene la intención de ofrecerse a los integrantes de cada promoción, exponiendo los medios de que dispone y preguntando que se desea.
En segundo lugar se dirige a los jueces y magistrados que no se encuentran en servicio activo, en servicios especiales en la administración del Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Justicia y en otras situaciones, para que mantengan la vinculación con los fines y objetivos de la APM, que pretenden garantizar el derecho de los ciudadanos.
En tercer lugar, de forma destacada, se pretende mantener el contacto con los jueces y jubilados, organizando actividades sin que participen junto con los restantes y actuando en su defensa siempre que sea necesario.
Fuera de la Carrera Judicial, la fundación fomenta la relación con abogados y procuradores, organizando también en colaboración con otras entidades encuentros y cursos de formación. Con la universidad la relación se viene articulando en la organización de cursos de verano y encuentros entre profesores y jueces.
Por último se pretende extender la actividad a todas las personas mediante actividades que difundan nuestros fines.
Como complemento de todas las anteriores, como se expuso al principio la fundación mantiene una estrecha relación con la Fundación Justicia en el Mundo, de la Unión Internacional de Magistrados, que tiene fines similares, por lo que ambas coordinan su actuación para mejorar su eficacia.