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Estado actual de la Negociación con el Ministerio de Justicia. 4 de mayo de 2009

Estimados Compañeros:

Con la finalidad de daros cumplida cuenta del estado actual de la negociación con el Ministerio de Justicia y sin perjuicio de lo que derive en la reunión que se mantendrá al efecto mañana, queremos haceros llegar un cuadro en el que se recoge -de manera simplificada, pero visual y gráfica- el estado actual de las reclamaciones judiciales.

Esperamos que podamos informaros en breve de nuevos acuerdos que mejoren el estado actual de las cosas. Recibid entretanto un cordial saludo.

Pablo Llarena.
Magistrado. Director del Gabinete de Estudios y Documentación

RECLAMACIONES DE LA CIP

1.- Efectiva y urgente instauración de la nueva oficina judicial, con delimitación precisa de las funciones y las responsabilidades dentro del ámbito de la Administración de Justicia. En ningún caso la organización de la oficina judicial debe restringir la real y efectiva independencia judicial, conservando los jueces la facultad de señalar los juicios y vistas.

1. Las propuestas en modo alguno han satisfecho la reclamación de que corresponda al juez la fijación de la fecha concreta de señalamiento.

2. Tampoco se atribuye a los jueces cuestiones esencialmente jurisdiccionales, como son la acumulación de procedimientos o la admisión a trámite de demandas.

3. No se ha hecho nada tendente a la diferenciación de responsabilidades, de modo que no se haga recaer en el juez la responsabilidad ante un trabajo inadecuado del personal.

2.- Plena incorporación a los Juzgados de las nuevas tecnologías: intercomunicación de las bases de datos judiciales, urgente solución de la interconexión informática entre Juzgados de distintas Comunidades, que actualmente son incompatibles, establecimiento de un sistema de alerta en materias especialmente sensibles, digitalización documental, información compartida entre los tribunales, registro informático común, gestión procesal, intercambio de documentos, firma electrónica, transmisión telemática de procedimientos, notificaciones, peticiones de auxilio judicial, etc.

Nada se ha hecho al respecto, salvo la promesa de que se hará una red interconectada.

3.- Formación adecuada de todo el personal al servicio de la Administración de Justicia. Asegurar la inmediata cobertura de vacantes mediante personal titular. Exigencia de una formación esencial básica para todos aquellos que pretendan acceder a funciones relacionadas con la Administración de Justicia de carácter interino.

Nada se ha dicho al respecto.

4.- Que el CGPJ establezca la carga máxima de trabajo razonable que puede asumir cada órgano judicial, que en ningún caso debe ir unido al establecimiento de sistemas productivistas para la retribución de la actividad judicial.

No es exigencia al Ministerio. No obstante, el trabajo del CGPJ no permite ser optimistas.

5.- Revisión en profundidad de la actual planta judicial. Partiendo del nuevo sistema diseñado por el CGPJ debe revisarse en profundidad la actual planta judicial, dirigida a la creación y/o supresión de cuantos órganos judiciales fueren precisos a fin de llevar a cabo una distribución realmente equitativa del trabajo y acomodar la planta judicial a la carga real de trabajo de cada partido en función de la entrada de asuntos.
El éxito de todo esto se complementaría con la radical reforma de la oficina judicial, que no supone necesariamente incrementar el número de órganos judiciales, sino tan solo el número de jueces en cada demarcación, con el mismo número de funcionarios, a través de una organización correcta, buenos servicios comunes y medios informáticos adecuados.

Sólo se ha acordado la creación de una comisión que prepare en 6 meses una nueva ley de planta:

No obstante:

1. No se ha pactado su composición.

2. Se han opuesto a crear un número de plazas de juez por encima de las hoy propuestas.

3. No se ha concretado el número de años que se mantendrá esta oferta de plazas de juez.

4. No se ha aprobado ninguna medida que asegure la cobertura de estas plazas.

5. No se ha cambiado la actual norma que impide que aspirantes a jueces que aprueben la oposición, tengan que acceder a la carrera fiscal.

6. La única inquietud al respecto es modificar el sistema de selección de jueces.

6.- Sustituciones: Arbitrar un sistema adecuado y eficaz de sustituciones judiciales mediante jueces titulares.

Se ha alcanzado el compromiso de la creación de jueces volantes, aunque sería bueno la identificación de su número y un programa de implantación.

7.- Medidas necesarias para asegurar una efectiva conciliación entre la vida laboral y familiar: inmediata supresión del traslado forzoso por ascenso y supresión de determinados requisitos de preferencia y permanencia en los concursos para acceder a determinadas plazas; equiparación en derechos y beneficios sociales entre los Jueces y Magistrados y los restantes integrantes de la función pública; elaboración del plan de prevención de riesgos laborales y contingencias profesionales; y. mejora de las condiciones de jubilación.

No es satisfactorio para la APM.
1. El acuerdo en materia de eliminación del traslado forzoso existe, pero es el único acuerdo alcanzado y lo hace a costa de romper la distinción entre las categorias de jueces y Magistrados. Se ha rechazado la propuesta de la APM de eliminar el traslado forzoso sin acabar con las distinciones de categorías.

2. Se equiparan las vacaciones a las del resto de la función pública.

3. No se ha aprobado que sea el CGPJ quien reglamente la forma de disfrute de los permisos por asuntos propios, eliminándose la regulación restrictiva actualmente existente en el artículo 373.3 de la LOPJ.

4. No se ha trabajado todavía ningún acuerdo concreto en materia de concursos.

5. No hay ningún trabajo en materia de riesgos laborales.

6. No hay ningún trabajo en materia de enfermedades y bajas profesionales.

7. No hay estudios sobre mejoras de jubilación y no se han trabajado ninguna de las propuestas que la APM tiene en un informe sobre esta materia.

Que en cumplimiento de las previsiones de la Ley de Retribuciones de la carrera judicial y fiscal, se proceda a su adecuación quinquenal; especialmente, en lo referente al pago de los servicios de guardia.

Nada se ha hecho al respecto de las reclamaciones retributivas que son aplicables a toda la carrera judicial y la única manifestación relativa a este punto ha sido parcial, esto es:

1. Proposición por el Ministerio de abordar las retribuciones variables del último año.

2. Promesa de pago de las guardias de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer de Madrid y Barcelona.

RECLAMACIONES ESPECIFICAS DE LA APM

A.- Ampliar hasta el 2 % de los Presupuestos Generales del Estado la cantidad que en los mismos se dedica a Justicia.

No se ha abierto ningún debate al respecto.

B.- Dotar de forma inmediata todos los planes de refuerzo aprobados por el C.G.P.J.

No se ha abierto ningún debate al respecto.

C.- Distribuir las retribuciones variables pendientes del año 2008 de una forma lineal entre todos los miembros de la Carrera Judicial.

No se ha podido avanzar un acuerdo por la oposición del Foro Judicial Independiente.